Los modelos 036 y 037: Qué son, para qué sirven y cómo presentarlos

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Cuando un emprendedor pone en marcha un negocio, se deben llevar a cabo una serie de trámites para poder ejercer la actividad empresarial. Uno de los trámites que se deben realizar es dar de alta la actividad en la que se va a basar la empresa. Para ello, se debe presentar el modelo 036 o 037, según el caso. Vamos a ver esta cuestión con más detalle a continuación.

¿Qué es el modelo 036?

El modelo 036 es aquel documento por el que se informa a la Agencia Tributaria sobre los datos censales de la empresa, ya sea una persona física o jurídica. En este formulario se incluyen los datos que pide Hacienda con respecto a la nueva corporación. Por ejemplo, forma de tributación, la actividad económica, datos de sus tributaciones, información relativa a los socios y administradores, si tienen alguna peculiaridad, etc.

¿Qué es el modelo 037?

Por su parte, el modelo 037 es un modelo simplificado del 036. En este documento se presenta a la Agencia Tributaria el alta en el censo de empresarios y profesionales y retenedores, y las modificaciones que se hayan realizado. Este modelo solo pueden presentarlo las personas físicas.

Diferencia entre modelo 036 y 037

Como hemos visto, la diferencia entre el modelo 036 y 037 es que este último es una versión simplificada del modelo 036 y solo pueden presentarlo personas físicas.

¿Quién debe presentar el modelo 036?

En primer lugar, se debe entregar el número de identificación fiscal (NIF), además del nombre y apellidos, razón o denominación social del titular que declara. En caso de no disponer de NIF, se podrá solicitar mediante la declaración censal de alta. El modelo 036 es obligatorio declarar el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores los siguientes profesionales:
  • Empresarios o autónomos que vayan a comenzar una actividad económica en España.
  • Aquellos que, aun no siendo empresarios o autónomos, abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o si realizan compras o ventas de bienes intracomunitarias, sujetas a IVA.
  • Aquellos que sean destinatarios de servicios que hayan sido prestados por empresas o profesionales que no hayan sido establecidos en el territorio de aplicación del IVA, y sean sujetos pasivos.
  • Los que presten servicios localizados fuera del territorio de aplicación del IVA, y el destinatario sea el sujeto pasivo.
  • No residentes, pero con operaciones dentro de España, ya sea con el establecimiento del lugar u otros supuestos. También las operaciones en España, cuyos responsables no residen en nuestro país, deben realizar la declaración.  Además, las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
  • Socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas, con obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros.
  • Aquellos sujetos pasivos no establecidos dentro del territorio de aplicación del IVA, excepto si hubieran estado eximidos del cumplimiento de obligaciones censales por Hacienda.
En todos los casos, a través de la declaración censal de alta, las personas jurídicas, las empresas, personas físicas, ya sean empresarios o autónomos, podrán solicitar el  Número de Identificación Fiscal (NIF), si no lo tuvieran.

¿Cómo presentar el modelo 036?

El modelo 036 puede presentarse de manera física o electrónica. En caso de presentarlo físicamente, se deberá llevar el impreso (descargarlo en PDF a través de la Sede electrónica) o bien en papel pre impreso que se obtiene en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Tributaria. Asimismo, deberán personarse en la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal en el momento de la presentación, o en la Unidad Regional de Gestión de Grandes Empresas de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria. También podrá realizarse la presentación  mediante envío por correo certificado. Para presentarlo por la vía telemática es obligatorio contar con alguna de las siguientes herramientas:
  • Certificado electrónico reconocido.
  • Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario.

¿Quién debe presentar el modelo 037?

El modelo 037 deben presentarlo aquellos sujetos pasivos que vayan a desarrollar en España una actividad económica o realicen actividades sujetas a retenciones. Si el alta ha sido realizada por el Modelo 036 o bien a través del DUE no será necesario. Por tanto, para tener que presentar este modelo ha de existir una persona que vaya a desarrollar su actividad por cuenta propia, como profesional o como titular de una empresa.  También se deberá presentar en caso de modificación de alguno de los siguientes apartados:
  • Domicilio fiscal
  • Domicilio a efectos de notificaciones
  • Datos identificativos
  • La actividad desarrollada
  • IVA
  • IRPF
  • Obligación a retener
  • Baja de la actividad

¿Cómo presentar el modelo 037?

Tanto el proceso como la forma de presentación del modelo 037 es similar al del modelo 036, es decir, acudiendo físicamente a la administración competente o a través de la vía telemática. Esto último es lo más habitual, cómodo y extendido.