Las empresas están obligadas a pagar una serie de impuestos generados por su actividad económica. En caso de que no se cumpla con la Ley tributaria, por no hacer frente a estos impuestos, serán sancionadas económicamente e, incluso, puede suponer el cierre del negocio. A continuación, vamos a mencionar los impuestos que debe pagar una empresa junto a sus características.
Impuestos sobre Sociedades (IS)
Es el Impuesto que se genera sobre la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas que residen en España. Entre los sujetos pasivos que deben pagar este impuesto se encuentran las sociedades mercantiles y las sociedades agrarias de transformación, fondos de inversión, fondos de capital riesgo, fondos de pensiones, etc.
La declaración del impuesto de sociedades (IS) es obligatoria aunque no se hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no se hayan obtenido rentas ligadas al impuesto. Se consideran sujetos pasivos en territorio español aquellas sociedades que se hayan constituido bajo las leyes españolas, tengan su domicilio social en España o tenga su sede de dirección efectiva en territorio español.
En cuanto al periodo impositivo, éste coincide con la actividad económica de la empresa y no puede superar los 12 meses. El devengo del IS se produce el último día del periodo impositivo. A la hora de pagar el Impuesto, los contribuyentes están obligados a realizar el pago de forma fraccionada. Realizarán tres pagos fraccionadas en cada periodo impositivo que esté en curso. Por otra parte, a final de año las empresas deben presentar la declaración anual del IS generada por su actividad económica.
Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)
El IAE recae sobre las personas físicas o autónomas, las sociedades y las entidades sin personalidad jurídica. Están exentas de este impuesto las actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras. Existen cuatro tipos de declaración.
Por una parte está la declaración de alta que se origina cuando se comienza una actividad empresarial. Por otro lado, está la declaración de variación que se produce cuando existen cambios en la actividad. En tercer lugar, nos encontramos con la declaración de baja que se origina cuando cesa la actividad. Y, por último, la declaración de comunicación del importe neto de la cifra de negocios.
El importe que se debe pagar por el IAE está determinado por las cuotas correspondientes a cada actividad y que serán elegidas mediante la aplicación de los elementos tributarios regulados en cada una de las Tarifas del Impuesto.
Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Impuesto de naturaleza indirecta que grava sobre el consumo de bienes y servicios. Se aplica sobre la península ibérica y las Islas Baleares. Los hechos imponibles gravados por el IVA son tres.
El primero son las entregas de bienes y prestaciones de servicios por parte de empresarios o trabajadores durante el desarrollo de su actividad. En segundo lugar, se incluyen las adquisiciones intracomunitarias de bienes y, por último, serían las importaciones de bienes. La base imponible en las entregas de bienes y prestaciones de servicios es el importe total de la contraprestación. Para las adquisiciones de bienes, la base imponible será también el importe total de la operación.
Y para las importaciones será el valor de la aduana más los gastos de las comisiones, el embalaje, el transporte y el seguro de los bienes.
Retenciones e ingresos a cuenta
Las retenciones son las deudas tributarias y el obligado de su liquidación. El ingreso, por su parte, es el pago de las rentas que se ingresa en la Agencia Tributaria bajo el nombre del perceptor. Los sujetos obligados a la retención son las personas o entidades físicas, los empresarios individuales o profesionales con rentas sujetas a su actividad económica, las personas físicas y jurídicas que no son residentes en España, pero operen en territorio español, y el mismo gremio que no tiene establecimiento permanente en España, pero que sí desarrollan su actividad en el país.
Algunas de las rentas sujetas al IRPF y a retención son los rendimientos del trabajo, el capital mobiliario, de actividades profesionales o las ganancias patrimoniales.