Librador y librado: ¿Qué funciones tienen?

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En una letra de cambio intervienen una serie de personas con diferentes funciones, siendo los más importantes librador y librado. ¿Quieres saber más sobre ellos? ¡Te lo contamos todo!

Personas que intervienen en una letra de cambio

Entendiendo el proceso de la emisión de una letra de cambio como aquel en el que  una persona, ya sea física o jurídica (el llamado librador), ordena a otra (el llamado librado), que pague una cantidad de dinero a un tomador o tenedor (beneficiario), vamos a describir cada una de las partes, así como las entidades o procesos que intervienen o que pueden intervenir en la emisión y circulación de ella.

Librador

Esta es la persona acreedora de la deuda. La persona que emite la letra de cambio. Estamos ante la figura a la que se le debe un dinero y la encargada, por tanto, de emitir la letra de cambio para que el librador la acepte. En el documento deberá indicar el importe que debe, es decir, la cantidad de dinero que deberá pagar, y la fecha límite para realizarlo, así como el lugar en el que se hará. El librador puede ser también el beneficiario.

Librado

Es la persona que debe pagar. El librado es el deudor, quien debe pagar la cantidad expresada en el documento. Cuando le llegue la letra, el librado debe aceptar la orden de pago emitida por el librador, y pasará a tener la obligación de efectuar el pago en la fecha estipulada.

Beneficiario

También se le llama tomador, portador o tenedor. Es la persona o entidad que recibe el dinero de la letra. En otras palabras, a quien se le debe pagar. Es quien tiene en su poder la letra, para poder recibir su importe. Puede ser otra persona, o el mismo librador, según si éste quiere que el librado le pague a él mismo o a una tercera persona. Esto se produce cuando hay un endoso.  

 

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