Abrir una empresa: trámites obligatorios ante la Agencia Tributaria

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Abrir una empresa no es tarea fácil. Primero porque hay que hacer una apuesta en firme por el negocio que vamos a poner en marcha, e invertir dinero en una empresa que todavía no sabemos si dará sus frutos. En segundo lugar, abrir una empresa siempre está sujeto a una serie de bases legales que los empresarios deben cumplir, como son los trámites obligatorios con la Agencia Tributaria, que comprenden el alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, y el Impuesto sobre Actividades Económicas.

Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores

El Censo de empresarios, profesionales y retenedores forma parte del Censo de Obligados Tributarios, de la Agencia Tributaria, y deben darse de alta en él aquellas empresas que vayan a abrir un negocio, antes de la apertura del mismo. Los profesionales o empresas que deben estar adheridos a este censo son:
  1. Las empresas o personas que realicen actividades empresariales.
  2. Las sociedades mercantiles.
  3. Socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades empresariales o profesionales y tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.
  4. Empresas o personas que no actúan como empresarios o profesionales y realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes que están sujetas al IVA.
  5. Empresas que abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
  6. Empresas o profesionales no residentes en España pero que sí operen en territorio nacional.
  7. Empresas que no están establecidas en el territorio donde se aplica el IVA y son sujetos pasivos de este impuesto.

Datos a consignar

Las personas físicas deberán facilitar su nombre, apellidos y nombre comercial si lo tuvieran, el Documento Nacional de Identidad (NIF), el domicilio fiscal donde se ubica la residencia habitual del profesional, el domicilio donde el autónomo quiere recibir todas las notificaciones o trámites de su negocio relacionados con la Agencia Tributaria, el domicilio desde donde se realiza la gestión administrativa y los establecimientos permanentes desde donde se opera cuando el autónomo no es residente en España. Las personas jurídicas o empresas, por su parte, deberán solicitar el NIF Provisional, darse de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores donde deberán facilitar información sobre sus domicilios al igual que se recoge para la persona física. Una vez hecho esto, las empresas deberán solicitar el NIF definitivo, y depositar copia de las escrituras de inscripción en el Registro Mercantil. Respecto a la declaración de actividades económicas, las empresas y autónomos deberán notificar, a la Agencia Tributaria, todas las actividades económicas realizadas y los establecimientos donde se llevan a cabo. Si dichos locales pertenecen al territorio español estarán sujetos al IVA, excepto Canarias, Ceuta y Melilla. Las empresas o autónomos deberán seleccionar en sus trámites el tipo de régimen de IVA que se aplicará sobre sus actividades económicas: régimen general o regímenes especiales.

Impuesto sobre Actividades Económicas

El Impuesto sobre Actividades Económicas afecta tanto a las personas físicas o autónomos, como a las personas jurídicas o empresas y entidades que no poseen personalidad jurídica, como son las sociedades civiles y comunidades de bienes que realicen actividades empresariales, profesionales y artísticas dentro del territorio español y estén sujetas a la Agencia Tributaria. Sin embargo, esta condición no afecta a las actividades agrícolas, ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras. Las empresas y autónomos incluidos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores están obligados a declarar sus actividades económicas como se ha descrito arriba, pero además estos empresarios pueden estar obligados al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas, razón por la que deben estar dados de alta en este apartado y hacer frente a los mismos en función de su ámbito de actuación o negocio. Otros Artículos: Empresas de Factoring